Por unanimidad (60 votos a favor), la Asamblea Legislativa aprobó extender por 60 días el plazo para cancelar multas y deudas fiscales, aduaneras y de tránsito sin generar intereses ni recargos.
La medida, discutida durante la Sesión Plenaria 79, aplica por tercera vez consecutiva la Ley Especial y Transitoria que Otorga Facilidades para el Cumplimiento Voluntario de Obligaciones Tributarias, Aduaneras, de Tránsito y Otras Multas, originalmente aprobada en 2023.
Las disposiciones no exoneran las multas, sino los intereses acumulados, y el plazo comenzará a contarse desde la entrada en vigencia de la normativa, previa a su publicación en el Diario Oficial.
En el caso de las declaraciones sobre la Renta, quedan incluidas todas las presentadas hasta el 31 de julio de este año. Para las multas de tránsito, se beneficiarán quienes no tengan compromisos de pago a plazos previos a esta ley transitoria.
Según los registros del Ministerio de Hacienda, los principales beneficiados son los pequeños contribuyentes, que representan el 63% de quienes se acogieron a los beneficios de la ley transitoria aprobada en 2024.



























