Curul85.

Curul85.

miércoles, 9 de julio de 2025
20250701_vacunacion-influenza-728x90
20250701_vacunacion_vph-728x90
20250701_dengue_728x90
20241211_mh_noexigencia_dui_728x90
20231124_etesal_728x90_1
20230601_agenda_primera_infancia_728X90
domfuturo_netview-728x90
20240604_dom_728x90
DOM AENOR

Prohíben el cobro de comisiones por concepto de membresía en tarjetas de crédito hasta por $2,000

Asimismo prohíbe el acoso en el ofrecimiento de productos o servicios no solicitados.

Redacción C85

Con 79 votos se aprobó el dictamen el dictamen 10 de la Comisión Financiera referente a reformas a la Ley de Tarjetas de Crédito.

Entre los puntos establecidos está la prohibición de la contratación indiscriminada sin estudio de crédito y la emisión de tarjetas preaprobadas. Asimismo prohíbe el acoso en el ofrecimiento de productos o servicios no solicitados.

El texto señala que se establece que el titular de la tarjeta deberá ser notificado al menos con 30 días de anticipación cuando por inactividad de movimientos o transacciones se pretenda cancelar el servicio que ofrece el sistema de tarjetas.

Asimismo indica que el beneficio de sobregiro deberá consignarse expresamente en el contrato de apertura de la línea de crédito. Para ello se deberá solicitar la autorización del cliente.

El decreto indica que cuando el tarjetahabiente no “efectuare transacciones por compras de bienes o servicios y solo proceda a realizar abonos a lo adeudado, no podrá cobrarse ninguna comisión en concepto de sobregiro o recargo adicional”.

Otro punto es que establece la prohibición del cobro de comisiones por concepto de membresía, afiliación u otro de naturaleza análoga en las tarjetas de crédito con límite o disponibilidad de crédito igual o menor a $2,000.

Descubre también las últimas noticias en Netview News