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lunes, 21 de abril de 2025
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DOM AENOR

Suprimen anonimato de las acciones en las sociedades de capitales

Las reformas avaladas obligan a que las acciones pasen a ser nominativas.

Redacción C85

Con un total de 76 votos, los diputados aprobaron reformar el Código de Comercio. El decreto aprobado establece suprimir la vigencia de las acciones y bonos de fundador al portador. Estableciendo disposiciones que faciliten la regularización de los títulos existentes a la fecha de entrada en vigencia del decreto.

Una de las modificaciones se estableció en el artículo 134, definiendo que las acciones de las sociedades de capitales serán siempre nominativas. Mientras que en el artículo 153 se estableció que los títulos también deberán ser nominativos.

El diputado Giovanny Zaldaña, de la bancada cyan, manifestó que la medida busca que las acciones que han “estado en mano de accionistas en el anonimato pasen a ser reconocidos de forma nominativa. Buscamos establecer claramente quiénes perciben ganancias en la sociedades y evitar delitos”, como la evasión o el lavado de dinero.

“Las sociedades de capitales deberán llevar debidamente actualizado un registro de las acciones nominativas que emitan (…) Estas sociedades deberán dar cumplimiento a las obligaciones de informar sobre sus accionistas y la distribución de dividendos o utilidades”, expone la reforma del artículo 155 de la normativa.

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